"Queremos construir una nueva Constitución, pero que nazca desde la profunda convicción de crear un Chile mejor, Para ello necesitamos a hombres y mujeres que estén liberados de compromisos políticos. Es por esto que el mundo Independiente es el llamado a hacer la diferencia"
Nuestra historia
Un nuevo pacto, una nueva Constitución:
Anhelamos que todos y todas participen en la edificación de las bases de una nueva
Constitución para Chile.
Un pacto abierto a la complejidad social, inclusivo, que refleje la diversidad de
intereses y de realidades de nuestra sociedad actual y que permita erradicar las
discriminaciones.
Una Constitución que recoja los principios y valores compartidos, los derechos y
deberes de las personas y los grupos, que organice una sociedad más equitativa y
justa en la distribución del poder y de nuestros bienes públicos.
Samuel es Psicólogo y Director de Sentido Humano Consultores. Magister en Psicología, Postitulado en Psicología Sistémica Familiar (UdeC) y Diplomado (C) en Administración (PUC).
Casado con Scarlet Rebolledo, también psicóloga, tienen 4 hijos y ambos se desarrollan profesionalmente en el área de la salud mental y organizacional.
PROGRAMA
LINEAMIENTOS CONSTITUCIONALES
Desde que nos constituimos como grupo de independientes estimamos necesario elaborar y consensuar un diagnóstico sobre los problemas que aquejan a nuestra sociedad y a Chile. Enfrentamos a una crisis multidimensional, cultural, económica, política, social y ambiental; y compartimos una convicción profunda sobre la necesidad de generar un nuevo pacto social y político. Creemos que esta crisis se origina en la concentración crónica de la riqueza y del poder político; en la desigualdad económica, territorial, de género y de trato en general y para los pueblos indígenas en particular; en la falta de confianza e incluso rechazo a las instituciones y en los limitados espacios de participación; y en el ensanchamiento de las brechas sociales, en el cambio climático global y en el malestar generalizado de los sectores medios, vulnerables y en pobreza. Además de la crisis, Chile se enfrenta al desafío de acoger como un valor la heterogeneidad de la sociedad. Hoy somos más conscientes de nuestra diversidad, ya sea por origen o procedencia étnica, religión, género, orientación sexual, clase social o condición económica. Esta diversidad debe reflejarse también en ese nuevo pacto o acuerdo nacional. Pero no nos conformamos con constatar las causas, sino que nos parece imperioso expresar cómo creemos que debe desarrollarse el proceso constituyente y cuáles son los contenidos constitucionales que nos representan y que esperamos estén presentes en el futuro texto constitucional. Por eso somos independientes, pero no neutrales: estamos vinculados en torno a ideas e ideales que se explican en este documento, sin un afán exhaustivo.
PRINCIPIOS RECTORES PARA UNA NUEVA CONSTITUCION
Un nuevo pacto, una nueva Constitución: Anhelamos que todos y todas participen en la edificación de las bases de una nueva Constitución para Chile. Un pacto abierto a la complejidad social, inclusivo, que refleje la diversidad de intereses y de realidades de nuestra sociedad actual y que permita erradicar las discriminaciones. Una Constitución que recoja los principios y valores compartidos, los derechos y deberes de las personas y los grupos, que organice una sociedad más equitativa y justa en la distribución del poder y de nuestros bienes públicos. La dignidad humana como valor central: Los principios rectores de esa nueva Carta se centran en que las personas nacen y permanecen iguales en dignidad, siendo ésta el fundamento de los derechos que el Estado tiene el deber de respetar y garantizar. Porque todas las personas son titulares de esa dignidad sin excepción y deben poder gozar y ejercer sus derechos humanos sin exclusión ni discriminación. La dignidad humana se vincula tanto a la igualdad como al respeto a la autonomía personal. Por eso, la Constitución debe reconocer y garantizar el derecho de las personas a forjar sus propios planes de vida y proyectos personales de acuerdo a sus creencias, principios y valores. El Estado debe crear las condiciones para que las personas puedan adquirir las capacidades para la autonomía y el libre desarrollo de la personalidad; y reconocer las distintas formas de familia que existen en la sociedad. Como valor de nuestra especie, la dignidad incluye también el respeto y protección de la biodiversidad del planeta que habitamos junto con otras especies.
UN ESTADO SOCIAL, DEMOCRATICO, DESCENTRALIZADO, PLURINACIONAL Y MODERNO
La nueva Constitución debe consagrar:
Un Estado social y democrático de derecho, plurinacional, con una democracia
representativa, deliberativa y participativa.
Un Estado unitario descentralizado.
Que la soberanía del Estado reside y se ejerce por el pueblo, que comprende a los
pueblos originarios y los regímenes de autonomía de cada uno de éstos. El Estado
debe comprometerse a respetar y promover la integridad, cultura y derechos de
dichos pueblos, así como a asegurar su representación política.
Que el ejercicio de la soberanía se realiza mediante elecciones periódicas, las
votaciones populares y los mecanismos de participación directa, deliberativa y
ciudadana que establezca.
Que el Estado se cimienta en la igualdad de género en el ámbito público y privado,
y que tiene entre sus mandatos eliminar la discriminación y garantizar la inclusión.
Que afirma que la sociedad chilena es diversa, desde el punto de vista cultural,
étnico, filosófico, moral, religioso y político y que es deber del Estado respetar,
resguardar y promover esta diversidad.
Un Estado laico, que garantice la libertad religiosa y que dispense un trato igual a
todos los credos religiosos e iglesias que se hayan constituido de conformidad a la
ley y actúen de acuerdo a esta.
Un Estado en que sus poderes y órganos someten su acción a la Constitución y a las
demás normas dictadas conforme a ella.
Un Estado en que toda autoridad pública y sus funcionarios trabajen por el bien
común de la sociedad y observen la probidad, la transparencia y la eficiencia en el
desempeño de sus funciones.
Un Estado moderno, que incorpore los avances tecnológicos y opere, sobre la base
de la evidencia, con eficiencia y eficacia para responder diligentemente a las
necesidades de las personas y comunidades.
Un Estado que promueve una justa y armónica integración de todos los sectores de
la sociedad y que respeta la autonomía de las organizaciones que tales sectores
libremente formen, compatible con el respeto a la autonomía individual de las
personas que forman o trabajan en dichas organizaciones.
UNA CONSTITUCION QUE AVANCE EN LA IGUALDAD DE TODAS LAS PERSONAS
DEMOCRACIA DE GENERO
Una nueva Constitución que consagre una democracia que no se limite a contemplar
normas procedimentales ni derechos formalmente atribuidos a todas las personas,
sino que establezca como objetivo del Estado eliminar los efectos directos e
indirectos de las desigualdades de género.
La temática de género debe considerarse transversalmente en la Carta para
asegurar un pacto social genuinamente legítimo.
Considerando la discriminación histórica y múltiple que sufren las mujeres, la nueva Carta
debe establecer la igualdad de género y, además:
Consagrar una igualdad sustantiva entre hombres y mujeres en todos los planos del
acontecer público y privado.
Concentrar su atención en el principio de igualdad y no discriminación que implique
el acceso igualitario de todas las personas a los espacios de poder político y de toma
de decisiones, a los recursos económicos y simbólicos.
Reconocer el valor social y la relevancia pública del cuidado y del trabajo doméstico.
Consagrar la libertad y la autonomía política, económica y física de las mujeres y de
las personas de la diversidad sexual para decidir sus proyectos de vida.
Considerar un diseño y lenguaje inclusivo en la redacción de la Constitución.
Algunos derechos constitucionales que una nueva Constitución debe establecer
específicamente a las mujeres son:
A vivir una vida libre de violencia.
A la igualdad salarial.
Al acceso al cuidado sanitario, entre otros.
Vinculado con el ejercicio del poder, la futura Carta debe:
Establecer la democracia paritaria y proporcional, que distribuye en igualdad de
condiciones los espacios de poder en lo público y privado.
Asegurar la participación y representación política de las mujeres, con paridad, en
cargos de elección popular, organismos autónomos y en los poderes del Estado.
MEDIO AMBIENTE
Una nueva Constitución debe: Incorporar los principios de protección ambiental, justicia ambiental e intergeneracional y buen vivir.
Reconocer la crisis climática, la obligación del Estado de cumplir con las metas de mitigación en un entorno de transición justa y de propiciar la adaptación desde los territorios. Establecer los bienes comunes como tales, incluyendo el agua, el aire, el mar, las riberas, las altas montañas, los recursos hidrobiológicos, los minerales y las funciones eco-sistémicas, entre otros. Esto implica asegurar su sostenibilidad, distribución equitativa y resguardo para las generaciones futuras. Reconocer los derechos de la naturaleza, en la visión de los pueblos originarios, entendiéndola como base de la vida y como la interacción entre los diferentes elementos que la componen. Algunos derechos constitucionales vinculados con la protección del medio ambiente que una nueva Constitución debe establecer ambiente son: El derecho al ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que incorpora una visión del valor intrínseco del medio ambiente. Los derechos de acceso a la información, la participación y la justicia en materia ambiental El derecho de acceso a los bienes comunes, especialmente al agua. Vinculado con la organización del poder, la futura Carta debe consagrar una Defensoría Pública de la Naturaleza y de agencias independientes que velen por la evaluación de proyectos y fiscalización en materia ambiental.
RECONOCIMIENTO Y RESGUARDO DE LOS DERECHOS
La futura Carta debe: Contemplar un completo y equilibrado catálogo de derechos, deberes y garantías. Mantener los derechos civiles y políticos actuales, perfeccionándolos; consolidar y proteger los derechos sociales, económicos y culturales; e incorporar nuevos derechos y nuevos titulares. Los derechos civiles y políticos: Estos derechos son insoslayables en una nueva Constitución y corresponde perfeccionar sus contenidos y garantías. La sola abstención del Estado en estas áreas puede significar, en la práctica, que únicamente las personas que tienen las capacidades para ser plenamente autónomas puedan ejercerlas. La autonomía requiere espacios de libertad, pero además necesita algunas condiciones previas que la hagan posible, entre ellas, acceder a los bienes básicos necesarios para poder subsistir y llevar adelante sus planes de vida y aquellas condiciones de reconocimiento y respeto por parte de la sociedad. Nos referimos, a las libertades de locomoción, de conciencia y religión, de enseñanza, de expresión, de asociación, de emprendimiento, de crear y difundir las artes; los derechos a la vida, a la privacidad, a la honra, de propiedad; las igualdades en la ley y ante ley; el derecho a elegir y ser elegido, entre otros. Los derechos económicos, sociales y culturales son los que proveen a la sociedad mejores herramientas para abordar la crisis estructural y cultural en la que estamos inmersos. Es indispensable que la nueva Constitución: Los ampare, proteja, garantice y promueva. Sea consistente con los estándares internacionales al momento de configurarlos. Los establezca como verdaderas obligaciones de la actividad estatal, para asegurar una base de igualdad social para un disfrute efectivo de todos los derechos. Nos referimos al derecho a la educación, a la saludad, a la seguridad social, a la vivienda adecuada, al trabajo, entre otros. El interés superior del niño y niña como principio constitucional, además del reconocimiento de nuevos titulares como la niñez, la adolescencia, los adultos mayores y las personas en situación de discapacidad como grupos de protección especial, por su mayor grado de vulnerabilidad.
EQUILIBRIO EN EL REGIMEN POLITICO
La Nueva Constitución debe equilibrar el poder entre el Presidente de la República y el Congreso Nacional. Para ello corresponde: Introducir al sistema presidencialista instituciones que permitan que la tarea de gobernar sea compartida por el Presidente de la República y el Congreso Nacional. Incorporar instituciones propias del régimen parlamentario, reduciendo el poder del Presidente de la República en favor del fortalecimiento del Congreso en la función de gobernar. Nos referimos, por ejemplo, a reducir la iniciativa exclusiva del Presidente a solo ciertas materias; establecer la interpelación y la censura constructiva, esto es la facultad del Congreso para hacer efectiva la responsabilidad del Presidente; o la facultad de este último para disolver la Cámara de Diputados por una sola vez para llamar a elecciones anticipadas.
RECONOCIMIENTO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS
La nueva Carta debe establecer que Chile es un Estado plurinacional que asegura los derechos colectivos de los pueblos indígenas, en conformidad con el Derecho Internacional. En tal sentido corresponde que la nueva Constitución reconozca que: Los pueblos indígenas tienen, por ejemplo, derecho a sus propias formas de organización y administración territorial y de manejo de recursos naturales. En tal sentido, tienen derecho a determinar su propio desarrollo de manera autónoma; y este derecho lo tienen porque son pueblos distintos y diferenciados de los pueblos y naciones que constituyen la sociedad chilena. En Chile no hay una sola nación, sino varias. La plurinacionalidad busca que los diversos pueblos y naciones que habitan en el territorio del Estado chileno se sitúen en un pie de igualdad, sobre la base de ciertos derechos y facultades que puedan ejercer autónomamente.
ESTADO DESCENTRALIZADO CON DESARROLLO SOCIAL
La nueva Constitución debe establecer una mayor descentralización y participación
con el objetivo que el Estado sea social y territorialmente equitativo, un Estado unitariodescentralizado, que se organice bajo un modelo integral de descentralización política,
administrativa y fiscal.
Para ello la Nueva Constitución debe contemplar:
Los principios de descentralización política y administrativa que, a su vez, concrete
la autonomía política, administrativa y fiscal de los gobiernos regionales y de las
municipalidades, en el ámbito de sus competencias.
El principio de subsidiariedad territorial con prioridad del nivel local sobre el
regional, y de éstos sobre el nacional.
Los principios de diferenciación territorial que facilite el tratamiento particular
según las realidades locales diversas de nivel local y regional; la prohibición de
tutela, que impide que el gobierno central oriente el ejercicio de las competencias
propias de los gobiernos sub-estatales y las de éstos entre sí; la coordinación de
acciones comunes y colaborativas entre gobiernos nacional, regional y local; y los
mecanismos de resolución de conflictos de competencia entre los niveles central,
regional y local.
Los principios de descentralización fiscal: equidad y solidaridad interterritorial,
suficiencia en el financiamiento de competencias, interdicción de la arbitrariedad
presupuestaria, autonomía fiscal regional y local y responsabilidad fiscal, con
eficiencia, probidad, transparencias y rendición de cuentas en la gestión de
competencias y recursos.
DEMOCRACIA DIRECTA
La nueva Constitución debe complementar la dimensión de la democracia
representativa con lo participativo, consagrando el derecho a participar en la gestión
pública como principio rector, de forma que los poderes del Estado lo incorporen en sus
procedimientos.
Para ello, deben establecerse constitucionalmente:
Instancias de participación que sean vinculantes en los casos que fije a la
Constitución y la ley.
A modo de ejemplo, los presupuestos participativos, que establecen participación
ciudadana en elaboración de presupuestos comunales y regionales; participación
consultiva en la generación de los planes reguladores; consultas ciudadanas antes y durante la implementación de proyectos de inversión; cabildos y diálogos para la
propuesta y generación de políticas sectoriales; y cuentas públicas participativas,
entre otros.
También los plebiscitos de reforma o cambio de la Constitución; referéndums
ratificatorios, sancionatorios o abrogatorios de leyes; plebiscitos en distintos
niveles de gobierno y para diferentes materias; iniciativa popular de ley, entre otros.
UN NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA QUE CONSAGRE Y RESGUARDE UN ESTADO DEMOCRATICO
La nueva Constitución debe regular un sistema de justicia capaz de transformar
valores y catalizar cambios sociales en las comunidades y familias. Para lograrlo, la futura
Constitución debe:
Construir una estructura judicial que resguarde los principios fundamentales de la
actividad jurisdiccional: independencia, imparcialidad y eficiencia.
Estatuir un sistema de participación y rendición de cuentas sólido, integrado por la
sociedad civil.
Consagrar el principio de justicia popular, para asegurar la protección de los
derechos de la ciudadanía de una manera imparcial, eficiente y efectiva. Esto implica
el diseño de un sistema de jurados para ciertos casos, y mecanismos externos de
control y vigilancia del sistema judicial.
Reflejar la composición de nuestra sociedad, considerando especialmente la
paridad de género en la integración del poder judicial.
Una función judicial tendiente al control de la función legislativa y ejecutiva. Esto
permitirá al sistema de justicia el conocimiento de todos los asuntos de interés
público de relevancia jurídica.
El reconocimiento de los sistemas legales de los pueblos indígenas, para asegurar la
igualdad y no discriminación, limitando dichos sistemas propios únicamente
mediante la supremacía de los derechos humanos y las garantías fundamentales.
Subsumir a las policías bajo el control democrático civil, cuya función principal sea
la seguridad de las personas y la prevención.
ESTADO SOCIAL DE DERECHO CON POLITICAS ECONOMICAS DEFINIDAS DEMOCRATICAMENTE
La futura Carta debe consagrar un Estado social y democrático de Derecho, en que el
Estado, basado en un principio de solidaridad, asume un rol más activo en la provisión de
los bienes básicos que las personas requieren para alcanzar sus planes de vida y en
condiciones de vida digna. Respetando ese marco, corresponderá a los gobiernos y
representantes democráticamente elegidos, fijar las políticas económicas y los planes de
desarrollo del país.
Además, le corresponde a la Constitución:
Establecer como objetivos de este Estado el bien común, el bienestar social y el
desarrollo humano y sostenible, para lo cual debe actuar sobre la base de los principios de eficacia y eficiencia, probidad, descentralización e innovación,
integrando los aportes de la sociedad civil en la búsqueda, configuración y logro de
sus objetivos. En el cumplimiento de sus objetivos, el Estado debe disponer de una
institucionalidad que proteja a las generaciones futuras, garantizando para ellas un
medioambiente sano, que permita conservar la biodiversidad y también su
capacidad de gasto.
Asegurar la igualdad en el trato que el Estado y sus organismos deben dar en
materia económica, los derechos a la libertad de emprendimiento, de propiedad, así
como velar por los derechos de los consumidores.
Vinculado con el derecho de propiedad privada, y atendiendo a su función social, la
Constitución debe armonizar su ejercicio con las necesidades generales de la
sociedad, en particular con la protección del medioambiente. En consecuencia, la
legislación debe estar en condiciones de establecer regulaciones por razones de
bien común, y de autorizar la expropiación, compensando debidamente y en
efectivo en este caso a los titulares de los recursos privados.
Los derechos mencionados en este lineamiento implican para el Estado tanto la
obligación de respetar ámbitos de libertad de las personas en su actuar económico,
como compromisos de acción dirigidos a promover condiciones de igualdad que
permitan a todas las personas participar con las mismas oportunidades en la vida
social y económica, poniendo un foco especial en las medidas necesarias para
superar las barreras que enfrentan las mujeres, y otros grupos históricamente
postergados, para participar activamente en la vida laboral y económica.
Consagrar una institucionalidad que asegure la sostenibilidad fiscal y estabilidad
macroeconómica, incorporar el principio de responsabilidad fiscal y reconocer en
su texto la autonomía del Banco Central.
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